Montaje con un edificio que ha prohibido las viviendas turísticas y Sergio Gutiérrez, experto inmobiliario

Montaje con un edificio que ha prohibido las viviendas turísticas y Sergio Gutiérrez, experto inmobiliario ChatGPT

Sociedad

Sergio Gutiérrez, experto inmobiliario: “Así puedes prohibir los pisos turísticos en tres sencillos pasos”

Te contamos cómo puedes prohibir los pisos turísticos en tu edificio fácilmente.

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Los pisos turísticos en las ciudades españolas han ido aumentando a lo largo de los años. Según datos de Dataestur, empresa de estadísticas de turismo en España, en 2024 se registraron 400.000 viviendas de este tipo.

Frente a la crisis de la vivienda, se ha intentado hacer lo posible por regular este tipo de alquileres que, además, suelen generar molestias a los vecinos y demás residentes del edificio. No obstante, es un área con bastantes ‘lagunas legales’, por lo que prohibirlos resulta complicado para las comunidades de vecinos.

Así, Sergio Gutiérrez, experto inmobiliario, expuso a través de un vídeo en su red social TikTok (@sergio_excellence_circle) la solución a esta problemática, con una guía de cómo prohibir estas viviendas en “tres sencillos pasos”.

Adiós a los pisos turísticos

Gutiérrez comenzó: “Prohibir la vivienda en tres sencillos pasos”, para luego dar paso a un contexto en el que comentó que “como ya sabéis, acaban de aprobar una nueva regulación por la que las comunidades pueden prohibir los pisos turísticos”.

Acto seguido, comienza la guía con el paso 1, que consiste en una junta de vecinos: “Convoca una junta de propietarios y somete a votación la prohibición de pisos turísticos en el edificio”, explicó el experto.

@sergioexcellencecircle Prohibir los pisos turísticos ya es posible: así se hace en 3 pasos #ViviendasTurísticas #RegulaciónComunitaria #PisosTurísticos #LeyDePropiedadHorizontal #ComunidadesDeVecinos ♬ sonido original - Sergio_excellence_circle

Una vez iniciada la votación, se pasa al siguiente paso, en el que hay que asegurarse de “obtener el voto favorable de al menos las 3/5 partes de los propietarios”, continuó Gutiérrez.

¿Por qué exactamente las 3/5 partes? Porque representan las tres quintas partes de las cuotas de participación. Estas cuotas de participación son el porcentaje correspondiente a cada propietario en la comunidad de vecinos, utilizado para este tipo de votaciones y para repartirse los gastos comunes.

El tercer y último paso se basa en que “una vez aprobado, registra el acuerdo en el acta de la junta y notifícalo a todos los propietarios”, comentó el experto.

En este sentido, especificó que “esta medida no tiene carácter retroactivo; si ya existen viviendas turísticas operando legalmente en tu comunidad antes del 3 de abril de 2025, no se les puede prohibir su actividad”.

No obstante, es posible “proponer en la junta de propietarios un incremento de hasta el 20% en las cuotas comunitarias para las viviendas destinadas al alquiler turístico, como compensación por el mayor uso de las zonas comunes”, explicó Gutiérrez.

“¿Tienes un piso turístico en tu comunidad? ¿Te genera molestias? ¿Vas a prohibir los pisos turísticos en tu comunidad? Mantente informado”, finalizó el experto inmobiliario.